Barcesat: “Los Senadores opositores no obedecen a la Constitución"

El abogado denunció por sedición a los legisladores de la oposición que firmaron un acuerdo para no tratar el reemplazo de Zaffaroni en la Corte Suprema





La semana pasada se conoció un documento a través del cual Casi 30 Senadores de partidos opositores al kirchnerismo se comprometieron a no participar del tratamiento para nombrar un nuevo corte de la Juez Suprema de la Nación, organismo que tendrá un puesto vacante a partir del 1° de enero de 2015, cuando se haga efectiva la renuncia de Eugenio Zaffaroni.

Ante esta situación, el abogado constitucionalista Eduardo Barcesat presentó una denuncia a los legisladores firmantes del acuerdo, inculpándolos del delito de sedición.

“Es un hecho gravísimo lo que está pasando. Hay una cláusula constitucional que establece la facultad del Presidente de la Nación de nominar, proponer y nombrar a los jueces de la Nación en el caso de ministros de Corte Suprems de Justicia (CSJ), con acuerdo del Senado, consistente en dos tercios de los votos de los miembros presentes en la sesión. Esta facultad fue reglamentada bajo el gobierno de Néstor Kirchner por el decreto que establece una apertura hacia la sociedad de mostrar quién va a ser el candidato propuesto y cuáles son sus antecedentes curriculares, para que haya avales o eventuales impugnaciones. Luego, se realiza la audiencia en el Senado en la cual debe prestarse o no el acuerdo previsto por la Constitución”, explicó Barcesat.

El abogado precisó que existen tres normas de aplicación para nombrar a un nuevo Juez de la CSJ: la cláusula constitucional, la ley que fija el número de Ministros en cinco y el decreto reglamentario que establece el mecanismo para dar a conocer a la ciudadanía quién es el candidato propuesto a ocupar el cargo. “Contra todo esto, hay un concierto público de senadores, 28 según dicen los medios, que dicen que no van a dar quórum y que no van a posibilitar que se haga la designación. Dicen que se van a oponer e impedir”, planteó el constitucionalista en diálogo con “Puente urbano” en Radio Arinfo.

Respecto al delito de sedición, señaló: “Es una figura que está prevista y tipificada en el artículo 230 inciso 2 del Código Penal. Allí se dice que quien se alza públicamente para buscar impedir el cumplimiento de una ley de la Nación, comete delito de sedición, si no fuera una figura más gravemente penada. La pena privativa de prisión es de 1 a 4 años”.

“Además de esta lesión constitucional específica, la conducta que estamos denunciando afecta el deber de obediencia a la supremacía de la Constitución nacional. No es ocioso recordar que cuando un funcionario, en este caso los Senadores, presta juramento, se le impone el deber de cumplir y hacer cumplir la Constitución”, añadió Barcesat y coincidió con la diputada kirchnerista Diana Conti, quien dijo que la oposición se comporta de manera “poco republicana” ante esta cuestión.

El abogado denunciante prosiguió en su análisis de la situación: “Estos Senadores también están quebrantando el artículo 1 de la Constitución que habla de sistema  representativo, republicano y federal, porque están impidiendo que uno de los poderes que conforma el gobierno federal sea integrado en la forma que la Constitución, la ley y el decreto reglamentario lo establecen”.

“Además, afectan la constitucionalización de los partidos políticos como instrumento de la democracia, tal lo dice la cláusula incluida en la reforma de 1994. Si uno, en este caso los partidos políticos, tiene la responsabilidad monopólica de proponer los candidatos, deben cumplir con su cometido. En este sistema el pueblo no gobierna ni delibera por sí, sino a través de sus representantes. De manera que se los elige para gobernar, no para desgobernar ni para impedir los actos de gobierno que la propia Constitución manda”, reclamó.

Finalmente, calificó la postura de los Senadores opositores como “de extrema gravedad”, pero recalcó: “Más grave sería que los encubriéramos temor a que son Senadores de la Nación.  No hay que hacer especulaciones, sino lo que la Constitución manda”.

“El funcionamiento con un número de miembros inferior se va a producir a partir del 1° de enero, que es la fecha de renuncia de Zaffaroni. A partir de ese momento, para constituir mayoría, se requerirán tres votos. Los cargos están para ser llenados, no para que se funcione con déficit”, concluyó Barcesat desde los micrófonos de Radio Arinfo.

 


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