La importancia del abogado de niños, niñas y adolescentes

La Dra. Laura Selene Cháves Luna habla de la reglamentación que permite a los más chicos contar con una figura que los defienda





El derecho de los niños a ser oídos es el que fundamenta la existencia de la figura del abogado de niños, niñas y adolescentes. Es un derecho que está establecido en la Convención, que es un tratado con jerarquía constitucional en el país.

En el año 2005, en Argentina se sancionó la ley 26061, a través de la cual se reglamentó la figura del abogado del niño, según consta en el artículo 27, inciso C.

“Cualquier niño, niña o adolescente que se encuentre en cualquier proceso administrativo, de registro o judicial del ámbito civil o penal, tiene derecho a contar con un abogado. La normativa abre un abanico de opciones y cualquier niño o niña no debe carecer de una garantía con la que ya cuentan los adultos, que es la de contar con asistencia técnica”, explicó la Dra. Laura Selene Cháves Luna, abogada especializada en niñez, adolescencia y familia.

La también mediadora sostuvo que el abogado del niño debe trabajar con una escucha distinta a la del abogado convencional: “Tiene que articular en forma interdisciplinaria y trabajar con otros organismos o efectores como entidades administrativas, Consejos, Defensorías, hospitales públicos, hogares, etcétera. Se requiere de una nueva mirada”.

“En la Ciudad, el Consejo es la autoridad de aplicación del abogado del niño. Para garantizar la gratuidad y que los chicos tengan acceso a este recurso, la entidad hace convenios con organizaciones: el Consejo les deriva casos complejos para que estas atiendan el derecho al debido proceso de estos niños. El que consolida la derivación es el propio niño, según la edad”, precisó en diálogo con “Radio casona” por Radio Arinfo.

Sobre este último punto,, la edad de los niños a defender, la profesional detalló: “Hay que tener en cuenta la ‘capacidad progresiva’, que es algo que se establece como marco en la Convención. Hay que trabajar de forma interdisciplinaria. Un niño de un año no nos puede firmar un escrito”.

“El abogado del niño debe tener un rol distinto al del defensor de menores e incapaces. No viene a consolidar el patronato, sino a trabajar con protección integral de derechos y debe garantizar el debido proceso. Debe velar por el cumplimiento de las garantías. Por ejemplo, todos sabemos que hay un plazo para que el niño esté en una institución y que este no se puede prorrogar todo el tiempo sin trabajar con la familia los modos para que el niño vuelva con ella o para que se establezca cuál es su situación, si está en condiciones de adoptabilidad”, planteó.

La Dra. Cháves Luna reiteró la importancia del rol del abogado del niño y ejemplificó esta relevancia con una temática muy en boga, como lo es el debate por una nueva ley de adopción.

“Se habla de que el proceso de adopción actual es malo y es verdad que tiene algunos problemas, pero parte de las complejidades residen en que no hay nadie que active.  Personalmente, puedo dar cuenta de casos en que he trabajado como abogada del niño, en los que motoricé los expedientes con la ley vigente y en los cuales los niños han retornado con su familia o han sido declarados en situación de adoptabilidad y fueron con una familia de adopción”, indicó.

En ese sentido, consideró que “es necesaria” una nueva ley de adopción y señaló que los proyectos que se están debatiendo en el Congreso tienen en cuenta que el niño va a requerir, según la edad, del patrocinio de un abogado.

“El abogado del niño es lo que se viene, es imparable. Todos tienen derecho a contar con esta garantía. Cualquiera debe saber qué puede recurrir a este tipo de servicios que son gratuitos y que son obligación del estado brindarlos”, remarcó la abogada desde los micrófonos de Radio Arinfo.

Y, finalmente, expresó: “No podemos permitir que un niño, en ningún proceso, deje de contar con esta garantía. A  nadie se le ocurriría que un imputado sea interpelado por un Juez sin la mediación de un abogado, pero aun asistimos a situaciones en lo que esto sucede con adolescentes.  Esa es una situación insostenible. Lo dicen la convención, la ley y la Corte Suprema de Justicia”.




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