Qué implican los proyectos del gobierno para reformar la justicia

Un repaso por los puntos más destacados de las propuestas del Ejecutivo para modificar el Poder Judicial





La votación en el Congreso de la Nación de los proyectos enviados por el Poder Ejecutivo para reformar el Poder Judicial fue el tema político de la semana. La aprobación de la restricción a las medidas cautelares y de la creación de tres nuevas cámaras de casación y la medida sanción a la reforma del Consejo de la Magistratura se convirtieron en los ejes de un debate que no siempre se plantea en términos accesibles para el común de la población.

“Las medidas cautelares son medidas dentro de un proceso determinado, es decir, son acciones que uno puede interponer dentro de una causa abierta. Se trata de una medida netamente procesal, no de una sentencia que sirve para mantener o proteger una situación determinada”, explicó el abogado Ignacio Arlotti.

Respecto a las modificaciones que introduce el proyecto del Poder Ejecutivo, planteó: “A partir de esta propuesta, no se regulan las medidas cautelares entre particulares, pero sí contra el estado y les pone un plazo máximo, algo que antes no existía”.

El letrado ejemplificó esta acción con los casos de las cautelares interpuestas por el Grupo Clarín, en el marco de la Ley de Medios, y las de los jubilados, para cobrar el 82% móvil.

“El proyecto dice que, en 6 meses, la medida se cae. El juez debe dictar sentencia en ese lapso, si no lo hace, la medida deviene nula”, sostuvo Arlotti en diálogo con “No va más” por Radio Arinfo.

En base a esto, criticó: “Esto implica que, frente al estado, uno puede interponer una medida cautelar por un lapso 6 meses, pero el estado puede interponerle una medida cautelar a uno por tiempo indeterminado. Esto sería violatorio del principio de igualdad ante la ley”.

Uno de los puntos más polémicos de la iniciativa que el kirchnerismo denomina como de “democratización de la justicia” es el de la reforma del Consejo de la Magistratura. Este es un órgano creado por la Constitución de 1994, que tiene como funciones la creación y elevación de las ternas de los candidatos a jueces al Poder Ejecutivo para que este elija a uno y lo mande al Senado para que lo apruebe. También, se encarga de administrar el Poder Judicial, de controlar la actividad de los jueces y de hacer los Jury de enjuiciamiento.

Actualmente, está conformado por 13 miembros: 3 del Poder Juicial, 6 vienen del Congreso (3 de cada cámara, dos por la mayoría y uno de la primera minoría), 2 abogados, 1 representante del Poder Ejecutivo y 1 catedrático.

“De aprobarse el proyecto, todos los integrantes van a ser elegidos por el voto popular y además, se agregarán un abogado y cinco catedráticos. También se sacan requisitos para acceder y se los iguala a los que hay que cumplir para ser diputado, es decir, tener 25 años. Al día de hoy, uno tenía que ser abogado, eso ya no va a ser así”, precisó el especialista en derecho público desde los micrófonos de Radio Arinfo.

Asimismo, agregó: “Uno con el voto no va a elegir jueces, sino los representantes del Consejo de la Magistratura, el cual no es parte del Poder Judicial, es un órgano extra poder. Elige jueces, los controla y, eventualmente, los saca. ¿Si esta modificación va a beneficiar al gobierno?, eso depende de cómo salgan las elecciones”.

“Estando en un país donde la constitucionalidad de una norma la dicta cualquier juez, porque tenemos un sistema de control de constitucionalidad difuso, estas leyes podrían aplicarse o no segúnn cada caso particular”, aventuró Arlotti respecto al futuro del compendio de proyectos.

El abogado consideró que una ley no será suficiente para realizar modificaciones de fondo en el Poder Judicial: “La protesta de la gente tiene que ver con los tiempos procesales, los cuales deberían ser iguales para todos. Yo no creo que los cambios en la justicia vayan a darse por una batería de medidas, sino que deben darse por otros medios”.

“Los canales adecuados para los cambios tienen que ver con los criterios de selección de los jueces y empleados judiciales. El ingreso democrático al poder judicial, para que desde el escalafón más bajo se entre por concurso. Eso sumado a la ampliación de los horarios de los tribunales, que hoy funcionan de 7.30 a 13.30. También hay que modificar el sistema de ferias judiciales: no se puede tener 45 días, el 15% del año, los tribunales cerrados. También se deben dictar normas claras y que las casaciones funcionen”, opinó.

Finalmente, remarcó: “Creo que con estos proyectos pueden pasar muchas cosas buenas, pero también muchas cosas malas. Eso no depende de la voluntad política del gobierno de un turno, sino de un cambio de interno dentro del Poder Judicial”

“El cambio debe darse, aunque no creo que por estos medios. Imponerle algo a una corporación siempre conlleva un conflicto muy grande, y la corporación judicial es muy antigua, poderosa y cerrada”, concluyó.





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